viernes, 27 de enero de 2017

DEDICACIÓN EXCLUSIVA

Esta frase "dedicación exclusiva", es la que más está de moda últimamente por nuestro sector, y la que tienen en boca muchos de nuestro Jefes de Zona, desde que comenzó el 2017. Envalentonados por su cargo, van haciendo esta mención a cualquier director o subdirector de sucursal que esté bajo su mando. Una frase que ni siquiera saben lo que significa, porque es más bien aplicable al Sector Público, que al privado, y que pudiera definirse como sigue:

"Dedicación exclusiva: Lo que por compromiso o contrato, ocupa todo el tiempo disponible, con exclusión de cualquier otro tipo de trabajo."

Art. 21.1 Estatuto de los Trabajadores:"No podrá efectuarse la prestación laboral de un trabajador para diversos empresarios cuando se estime concurrencia desleal o cuando se pacte la plena dedicación mediante compensación económica expresa, en los términos que al efecto se convengan". Por lo tanto se establecen dos posibles condiciones para que no podamos realizar una segunda actividad.

Es obvio que no se puede entrar en competencia desleal con la propia empresa para la que trabajas, ni concurrir en mismos negocios. Pero, si en el contrato de trabajo, o del puesto a desempeñar, no se pacta expresamente la dedicación exclusiva, se puede dar perfectamente el caso, de que un director de sucursal bancaria, pueda estar sirviendo bodas en su tiempo libre, y no sería motivo de ningún tipo de sanción por parte de su Entidad. 

Pero digo que la mención a la dedicación exclusiva, se hace con desconocimiento de su significado, porque lo que yo creo que quieren decir es aquello de: "a disposición de..."

Y esos puntos suspensivos son una relación arbitrariedades y caprichos del director de zona de turno:

- A disposición de que hoy lunes por la mañana te cito para una reunión de tres horas esta tarde.
- A disposición de una jornada de formación, fuera del horario laboral, y en tu tiempo de conciliación.
- A disposición de que me contestes al teléfono o al mail, cualquier día a las 8 de tarde, y si no contestas, la pregunta del día siguiente, es: donde estabas ayer que te llamé a las 8 y no estabas ni en la oficina ni el móvil. 
- A disposición de que si eres director o subdirector de oficina, ya no eres dueño de tu tiempo libre. Recuerdo que el horario laboral en nuestro sector es de 8 a 15 horas, L, M, X, V, y de 8 a 14 horas, 16 a 19, los jueves. 
- A disposición de que mañana convoco una reunión, para hablar de tal normativa, y pasado mañana la convocas tú con tu oficina, para explicársela. Pero ojo, no de 2 a 3. Por la tarde. 

Recuerdo que ya hay regulación horaria en muchas entidades y para diversos colectivos, entre ellas Ibercaja, con su horario singular, y quien las realiza, cobra y cotiza por ellas. 


viernes, 20 de enero de 2017

CAMPAÑA CAPTACIÓN DE FONDOS PARA CIC. CAUSAS JUDICIALES

El pasado lunes 16 de enero se inició una campaña de recaudación colectiva, con el fin de iniciar nuevas querellas por la gestión delictiva y financieramente desastrosa para nuestro país, que se llevó a a cabo en las Cajas de Ahorro. Y para reclamar, a través de las diferentes instituciones del Estado, LA REGENERACIÓN DEL BANCO DE ESPAÑA, cuya jefatura es la principal responsable de la situación que atravesamos, tanto los empleados del sector financiero, como de las consecuencias que se han padecido y siguen padeciendo los ciudadanos. 

La Confederación Intersindical de Crédito, CIC, es la única institución sindical que está por la labor de que todos estos hechos se esclarezcan, y de que los responsables paguen por sus delitos, en caso de que existieran. Es muy importante, que participen en esta causa la mayor parte de personas posible, que la campaña cuente con un número muy elevados de participantes, dará un empujón a la causa muy importante. Porque las terribles consecuencias que han sufridos las Cajas de Ahorro, nos afectan a todos los ciudadanos.

Por todo ello, se ha abierto una cuenta para que los interesados puedan colaborar, desde tan sólo 5 euros, cuenta abierta en UNICAJA, y que detallo a continuación:

                                       ES13 2103 0410 07 0030003142

O bien a través de PayPal:

                                          paypal@e-cic.es

Durante los últimos años se han producido 47.050 despidos en nuestro sector, como consecuencia del nefasto comportamiento de la cúpula directiva de numerosas Cajas de Ahorros, de ciertos auditores y del Banco de España y la CNMV. 

Por todo ello, contamos con vuestra colaboración para contribuir a regenerar nuestro sistema financiero. En CIC estamos convencidos de que un correcto funcionamiento de las instituciones del estado, en particular del Banco de España y la CNMV, es la mejor garantía para mantener nuestros puestos de trabajo, y para los ciudadanos, la mejor protección de sus intereses.

viernes, 13 de enero de 2017

SUBIDA SALARIAL Y PLUS CONVENIO 2017

En este año 2017, se vuelve a revisar al alza el salario base del Convenio de Cajas. Recordemos que durante 2015 y 2016, nuestros salarios estuvieron congelados, fue lo que firmaron en Convenio Colectivo los sindicatos UGT, CCOO y CSICA. Para este ejercicio 2017, se ha pactado un incremento del 1%. El IPC de 2016 cerrará el año en el 1,6%, por lo que a pesar del incremento del 1%, nuestro poder adquisitivo mermará en un 0,6%. En el Convenio 2011-2015, la referencia para la subida salarial era el PIB, y en esa época el IPC fue mayor que la subida salarial pactada vía incremento del PIB. Resultado del periplo 2011-2015, pérdida del poder adquisitivo de aproximadamente una paga. Ahora que el PIB ha repuntado y apunta incrementos significativos, se pactan dos años de congelación y un 2017 con una subida del 1% y 2018 del 1,25%. Parece que se fijan las subidas salariales pensando siempre en la variable más negativa para los empleados. 

Para el caso de 2018 y también para 2019, se ha pactado un incremento variable, nunca consolidable, ni pensionable, que consiste en lo siguiente:

a) Si la Entidad reparte dividendos o tiene un Beneficio después de impuestos positivo, se abonaría un  cuarto de paga en el primer semestre de 2018/2019

b) Si la Entidad obtiene un ROE mayor o igual que 6, se abonaría un cuarto de paga más adicional a lo mencionado en el punto a.

c) Si el ROE es de 10 o más, se incrementa este abono en otro cuarto de paga más. 

Por otra parte, a partir de este 2017 se restablece el abono de la parte variable del Plus Convenio, que también fue suspendido de cobro en el año 2016. Este Plus se actualiza también con el 1% de subida correspondiente. Este abono ha de realizarse en el primer trimestre del año. 

martes, 10 de enero de 2017

NOVEDADES CONVENIO COLECTIVO AHORRO 2017

Con la entrada del nuevo año, el Convenio Colectivo en vigor, firmado el pasado mes de junio de 2016, incorpora ya todo su contenido para ser aplicado en este ejercicio 2017. Como novedad más importante, destacar que el suelo de los préstamos hipotecarios de empleados, para adquisición de vivienda se situará en este año 2017 en el 0,90%; quedando para el próximo ejercicio y sucesivos en el 0,50%. No obstante, y tras la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea, no parece lógico que ni un sólo cliente vaya a tener cláusula suelo, y los empleados de las antiguas Cajas sí que lo tengan. Tampoco parecía lógico, que los sindicatos firmantes del Convenio (UGT, CCOO y CSICA) suscribieran este hecho, y que apenas seis meses después el Tribunal Europeo haga parecer una incoherencia aquella firma. Uno de los sindicatos no firmantes del Convenio, la Confederación Intersindical de Crédito (CIC), y al cual pertenece ASIPA, ya ha manifestado este hecho a CECA, la nueva patronal de las Cajas, para que abra nuevamente la Comisión Negociadora de la Mesa del Convenio, con el fin de tratar de una forma coherente lo dictaminado por el TSJ de la Unión. Iré informando de los acontecimientos. 

Recordar también, que aunque ya se está aplicando desde junio, durante este año no se devengará ningún importe o cuantía en materia de trienios, pues está suspendido su devengo durante 18 meses, desde el mismo momento de la firma del Convenio Colectivo. 

Se mantienen las vacaciones anuales en 25 días hábiles, y dos días de libre disposición para 2017. En el caso concreto de Ibercaja, y para los empleados que estén acogidos al horario singular, los días de libre disposición serán de 3 en lugar de 2.

Para lo que sí se abrirá la mesa de negociación con total seguridad, es para hablar del Control Horario, y de su obligatoria implantación en las empresas del sector. También iré informando de la evolución de esta negociación, que en el caso concreto de Ibercaja no dio muy buenos resultados, ya que no se llegó a ningún acuerdo. Más que en la intención de ambas partes en su implantación, en la forma de llevar a cabo el mencionado control.