viernes, 23 de septiembre de 2016

DIAS LIBRE DISPOSICIÓN CONVENIO COLECTIVO-DIRECTORES DE ZONA

Próximo a la entrada en el último trimestre del año, comienzan a disfrutarse en muchos casos, los dos días de libre disposición que contempla el Convenio Colectivo de Cajas. Es norma general, que estos días se suelen utilizar al finalizar el año, porque los compañeros suelen dejarlos bien para Navidad, bien para usarlos en caso de necesidad inminente, al no ser necesaria la justificación de la mencionada necesidad, ni la autorización expresa de ningún superior, como el propio Convenio expone, basta con el previo aviso. Pues bien, hasta aquí lo que dice el Convenio, y que reproduciré de forma literal más adelante. La realidad en muchos casos, es que determinados Directores de Zona en un claro abuso de su autoridad, prohíben (de forma verbal eso sí, porque por escrito no se atreven), el disfrute de los días de libre disposición en la fecha elegida por los empleados. Reproduzco a continuación lo que dice el artículo 38.1.j del Convenio Colectivo en vigor:

A partir de 2013, un día de libre disposición al año. En este caso, únicamente será necesario el previo aviso.

Así mismo, la disposición adicional tercera del actual Convenio 2015-2019 añade un día más, sin consolidar para los años 2016, 2017 y 2018, y cuya vigencia expira en cualquier caso, el 31 de diciembre de 2018. 

El derecho por tanto de los empleados de Cajas de días de libre disposición es de 2 al año, y la única condición para disfrutarlos es el previo aviso, y no la necesaria autorización de un superior jerárquico. 

Otra de las incidencias detectadas en las consultas recibidas, es la orden de cambio de vacaciones ya programadas en el cuadro, por unas supuestas necesidades organizativas, que en la mayoría de los casos no se justifica, ni se ajusta a la realidad. Cabe recordarles también aquí a los directores de zona, que las vacaciones deben conocerse con 2 meses de antelación a su disfrute, por lo que la anulación, cambio, o interrupción de las mismas no se ajusta a la normativa que en materia de vacaciones marca el Convenio Colectivo, aunque ya sabemos que en este sector Director de Zona es a Convenio Colectivo, como Cristiano Ronaldo a Messi, o como Rajoy a Pedro Sánchez. 

Por último y no menos importante, pero sí recurrente en el tiempo, nos siguen llegando quejas, fundamentalmente de directores y subdirectores, de las malas formas en las que algunos Directores de Zona se dirigen a ellos, distando muy mucho de la motivación que cualquier superior debería aportar a sus subordinados. Como en anteriores ocasiones, no dudaremos en denunciar cualquier hecho que se nos denuncie expresamente, así como comportamientos generalizados de faltas de respeto hacia los compañeros, aportando al Departamento de Relaciones Laborales los nombres de los responsables de las malas formas.

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