martes, 25 de agosto de 2015

AYUDA GUARDERIA Y FORMACION HIJOS DE EMPLEADOS IBERCAJA BANCO

Según detalla el Convenio Colectivo de cajas de ahorro (actualmente en proceso de negociación), en el mes de septiembre se procede al abono de la ayuda de guardería, así como a la ayuda para la formación de hijos de empleados. Esta ayuda consiste en lo siguiente (cifras referidas al ejercicio 2014, y que serán replicadas en 2015, salvo pequeñas variaciones poco significativas):

* Ayuda guardería para hijos menores de 3 años: 925 euros.
* Ayuda para formación de hijos de empleados (desde el año en que el menor cumpla 3, y hasta la edad de 25 años): 510 euros
* Ayuda para hijos minusválidos: 3.400 euros.
* La ayuda para la formación regulada en el presenta Convenio se incrementará en un 100% si el hijo del empleado cursare estudios primarios, hasta 5º de primaria, ESO y Bachillerato o equivalente a los anteriores oficialmente reconocidos, Formación Profesional, Enseñanzas Técnicas de Grado Medio y Asimiladas, y Enseñanza Superior, y dichos estudios tuviesen que cursarse en plaza distinta de la del domicilio habitual del empleado, pernoctando fuera de él.

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Sin perjucio de lo anterior, señalado en Convenio Colectivo, Ibercaja Banco mejora estas ayudas, de forma voluntaria, en un acuerdo plasmado con las secciones sindicales, y en los siguientes casos:

* HIJOS MINUSVÁLIDOS
Los gastos anuales, debidamente justificados, que ocasione la educación especial de hijos que tengan una minusvalía reconocida superior al 33%, serán atendidos en lo que exceda de la ayuda para formación fijada en Convenio Colectivo (3.400 euros), hasta un máximo de 6.000 euros (sumada a la indicada ayuda en Convenio)
* HIJOS QUE CURSAN ESTUDIOS OFICIALES UNIVERSITARIOS
Estudios de Grado Medio o Superior, incluidos los programas Erasmus, Sócrates o similares. 
En estos casos se complementará la ayuda de formación prevista en Convenio hasta el 100% de la misma.
Si los estudios se realizan en un centro universitario situado a más de de 100 Kms del domicilio habitual del empleado, la ayuda de formación prevista en el Convenio para estos supuestos se incrementará en otro 100%. El tiempo límite de percepción de la ayuda complementaria a favor de hijos que cursen estudios universitarios es de 6 años, sin sobrepasar en caso alguno los límites previstos en el Convenio Colectivo para la ayuda de formación.

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